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SENASA prohíbe la venta de productos veterinarios que contengan o liberen tres tipos de químicos

El organismo sanitario prohibió la venta de los productos en todo el territorio nacional. Los químicos son riesgosos para la salud y para la sanidad de los animales. TAGS: SENASA. Productos veterinarios. Salud animal. Sanidad animal

El SENASA prohibió en todo el territorio nacional el uso y comercialización de todo producto veterinario, destinado al ambiente donde habitan los animales, que contenga o libere el químico Formaldehído, Fenol, Cresoles o una mezcla de Cresoles.

La Resolución 755/2024 fue publicada en el Boletín Oficial e indica que los propietarios de Certificados de Uso y Comercialización vigentes, deben reemplazar o excluir los principios activos de las formulaciones en los productos.

 

Según sostiene el texto oficial, por la Ley N° 13.636 se regula la importación, exportación, elaboración, tenencia, distribución y/o expendio de los productos destinados al diagnóstico, prevención y tratamiento de las enfermedades de los animales. Además, es de interés nacional la sanidad de los animales y vegetales, así como la prevención, el control y la erradicación de las enfermedades y plagas que afecten la producción y calidad de productos agropecuarios.

Al mismo tiempo, por la Ley de Prevención y Control de la Resistencia a los Antimicrobianos N° 27.680 se declara de interés público nacional la prevención y el control de la resistencia a los antimicrobianos, en el cual SENASA interviene en su calidad de autoridad reguladora del uso de antimicrobianos en salud animal y producción agroalimentaria.

De esta manera, la Resolución 755/2024 sostiene que el Formaldehído fue declarado por la Organización Mundial de la Salud (OMS) como carcinogénico para el hombre en la categoría Grupo 1 y, en 2006, la ANMAT prohibió la utilización de este químico en formulaciones domisanitarias.

En 2008, el Parlamento Europeo y del Consejo de la Unión Europea, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas, clasificó al Fenol como sustancia mutagénica categoría 2, y a los Cresoles y a la mezcla de ellos como tóxicos categoría 3, lo que provoca quemaduras graves en la piel y lesiones oculares graves.

De esta manera, el organismo consideró que "el uso de dichos productos expone a sus efectos nocivos, tanto a los animales como a las personas" y resulta " necesario excluir de las formulaciones de los productos veterinarios a los principios activos antes mencionados, por resultar riesgosos para la salud y para la sanidad de los animales y el medio en el que habitan".

La decisión del SENASA sobre los productos veterinarios que contengan los químicos

Según la resolución, "se prohíbe en todo el territorio nacional el uso y comercialización de todo producto veterinario, destinado al ambiente donde habitan los animales, que contenga o libere de su formulación Formaldehído [N° de registro del SERVICIO DE RESÚMENES QUÍMICOS (Chemical Abstracts Service –CAS–) 50-00-0], Fenol (N° CAS 108-95-2), Cresoles (Nros. CAS 108-39-4, 95-48-7, 106-44-5) o una mezcla de Cresoles (N° CAS 1319-77-3)".

Además, indicaron que los propietarios de Certificados de Uso y Comercialización vigentes deben reemplazar o excluir los mencionados principios activos de las formulaciones de dichos productos, con las siguientes indicaciones:

  • Deben realizarse en un plazo que no exceda los noventa (90) días desde la publicación del presente marco normativo.
  • La modificación propuesta debe ser solicitada por una nota, la que será vinculada al expediente que tramita el registro, y debe incluir la siguiente información: último lote elaborado, cantidad, fecha de vencimiento y stock existente en poder del titular.

Fuente: https://www.ambito.com/

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