Argentina: registros veterinarios al día en explotaciones pecuarias

Ya es de uso obligatorio para aquellos establecimientos que exportan a la Unión Europea el “Libro de Registros de Tratamientos Veterinarios” A partir del 14 de marzo, lo será también para el resto de las explotaciones del país.

Desde el 1 de diciembre de 2012 el Senasa estableció que los productores ganaderos que exporten a la Unión Europea tienen la obligación de poseer actualizado en cada unidad productiva del establecimiento el Libro de Registro de Tratamientos de Establecimientos Pecuarios, en el que deberán consignar todos y cada uno de los medicamentos que se apliquen a sus animales.

La exigencia, normada en la Resolución Nº 666/2012 y prorrogada por la Resolución Nº 277/2012, ambas del Senasa, alcanzará al resto de las explotaciones pecuarias del país a partir del 14 de marzo de 2013. La medida fortalece las políticas de trazabilidad que lleva adelante la entidad sanitaria.

Se recuerda que el mismo deberá registrarse, foliarse y rubricarse, previamente a comenzar su utilización, en la Oficina del Senasa correspondiente a la jurisdicción del establecimiento. Este trámite será gratuito hasta nuevo aviso.

El Senasa pone a disposición un modelo sugerido de Libro que podrá descargarse como archivo relacionado.

Para que el uso de medicamentos veterinarios no altere la inocuidad de los alimentos, es necesario que los productores primarios respeten las instrucciones de uso, registren los fármacos aplicados a sus animales y respeten el período de carencia de todos los tratamientos utilizados en su explotación durante el ciclo productivo.

Cabe destacar que el libro es un instrumento complementario del Registro y Autorización de Productos Veterinarios y del Plan Nacional de Control de Residuos e Higiene de los Alimentos (Creha).

Estas herramientas buscan evitar la presencia de residuos químicos que excedan los valores permitidos en alimentos de origen animal y constituyan un riesgo para la salud de los consumidores y puedan ser rechazados por los distintos mercados importadores.

La herramienta permitirá discriminar a los animales según sean aptos o no para faena, de acuerdo al cumplimiento del período de carencia necesario para eliminar los residuos químicos recibidos en los tratamientos veterinarios. Quedarán exceptuados aquellos productores que ya cuenten con registros similares, como avicultores y acopiadores de equinos.

Fuente: http://www.todoagro.com.ar



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